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Reseña Historica de la Subregión Pacifico

El Plan de desarrollo de la Sub Región Pacífico, se inicia a consecuencia del terremoto del 31 de mayo de 1970 en el departamento de Ancash, y del cual fue afectada nuestra jurisdicción territorial, con la denominación: “Comisión de Reconstrucción y Rehabilitación de la Zona Afectada- CRYRZA” y para la Sub Región Pacífico la denominación: “Dirección General Zona Costa” y con Registro Tributario –R.T. Nº9993568, que su extensión territorial abarcaba desde Huacho hasta moche, en ejecución de desarrollo y activar la población sostenible de ORDEZA, ORDENOR CENTRO, UAET, CORDE ANCASH, REGION CHAVIN,CTAR ANCASH, etc.

 

Con la Ley Nº26922 “Ley Marco de Descentralización”, se crean los Consejos Transitorios de Administración Regional- CTAR’s en cada uno de los departamentos del Perú, y como Organismos Públicas Descentralizados del Ministerio de la Presidencia, con autonomía técnica como presupuestal y administrativa, siendo reconocido como CTAR ANCASH.


Con el Decreto Supremo Nº010-1996-PRES, 01.08.1998, Art. 2º, dispone que los CTAR’s, quedan facultados para elaborar sus Documentos de Gestión Institucional, debiendo ser aprobados mediante Resolución del Titular; y en Art. 12º de la norma legal prescribe en el segundo considerando, establece la Estructura Orgánica de los CTAR’s, ítem “G” – ORGANOS DESCONCENTRADOS, tales como GERENCIAS SUB REGIONALES, etc, además en uso de las facultades y Resolución Suprema Nº256-2001-PRES.


Consecuencia de los ídem señalados, la Presidencia, a través del Consejo Transitorio de Administración Regional de Ancash-CTAR ANCASH, mediante la RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº0322-2002-CTAR ANCASH/PRE, Huaraz, 24 de Abril del 2002, vistos y considerandos de los indicadores, SE RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- CREASE como UNIDAD EJECUTORA, a la GERENCIA SUB REGIONAL “EL PACIFICO”, con sede en la ciudad de CHIMBOTE, provincia del Santa, de conformidad a lo establecido por el Art. 55º de la Directiva Nº001-2002-EF/76.01, aprobada con Resolución Directoral Nº043-2001-EF/76.01; del cual, se hace necesario reestructurar administrativamente las Dependencias integrantes del mismo, así como la implementación de Órganos Desconcentrados, según detalle:


Creación de la Unidad Ejecutora :      R.P. Nº0322-2002-CTAR ANCASH/PRE.
Fecha de creación                          :      Huaraz, 24.04.2002
Dependencia de la Entidad          :      GERENCIA SUB REGIONAL “EL PACIFICO”
Sede ubicación                               :      Chimbote, provincia del Santa.
Base Legal de Ley                          :      Nº26922- Ley Marco de Descentralización.
RUC Nº                                             :       20320162352
Dirección Legal                              :       Av. Chimbote, Nº130 Urb.Bs.As. – II Etapa Nuevo Chimbote
Jurisdicción territorial                    :       Provincia de Huarmey, Casma, Del Santa, Pallasca y Corongo, con sus distritos, caseríos Y centros poblados; zonas costa, sierra y ceja Selva.